{"id":790,"date":"2024-02-11T20:33:43","date_gmt":"2024-02-11T18:33:43","guid":{"rendered":"https:\/\/adr2.net\/wordpress\/?page_id=790"},"modified":"2026-01-28T14:49:26","modified_gmt":"2026-01-28T12:49:26","slug":"790-2","status":"publish","type":"page","link":"http:\/\/adr2.net\/wordpress\/?page_id=790","title":{"rendered":"\u00bfPor qu\u00e9 Yugueros tuvo dos barrios?"},"content":{"rendered":"\n<p>Que Yugueros ten\u00eda dos barrios y dos jurisdicciones es de todos conocido: Barrio del Marqu\u00e9s, por supuesto el Marqu\u00e9s de Astorga y Barrio del Obispo&nbsp; por su vinculaci\u00f3n al Obispado de Le\u00f3n. Que la jurisdicci\u00f3n que reg\u00eda en cada uno de los barrios correspondiese integra a cada uno de los supuestos se\u00f1ores ya no est\u00e1 tan claro. Es lo que trato de mostrar en el presente art\u00edculo.<\/p>\n\n\n\n<p>La jurisdicci\u00f3n correspondiente al Obispado de Le\u00f3n pas\u00f3 a ser de realengo dentro del Concejo de Modino en 1643 en virtud de un Privilegio concedido por Felipe IV para la venta a este \u00a0Real Concejo de la jurisdicci\u00f3n civil y criminal alta referida, bajo mero mixto imperio, se\u00f1or\u00edo y vasallaje de los lugares de Cistierna, Quintana de la Pe\u00f1a, Alejico, Sahelices, Olleros, Sotillos y Barrio del Obispo de Yugueros. Estos lugares hab\u00edan sido previamente desmembrados y enajenados de su propietario, el Obispado de Le\u00f3n, mediante una Letra Apost\u00f3lica dada en Roma en 1534 por Gregorio XIII facultando a Felipe II para ello. Primeramente la jurisdicci\u00f3n de estos lugares fue comprada por D. Fernando Fr\u00edas Ceballos -este Se\u00f1or era comerciante de Salda\u00f1a y acreedor del Rey-  y ante la oposici\u00f3n y resistencia de los pueblos, en 1586 a\u00f1os pasaron a estar unidos directamente a la corona real mediante concierto\u00a0 y asiento de condiciones. Solo en 1643, mediante citado Privilegio pasaron a ser parte jurisdiccional del Concejo de Modino. A pesar de ser de realengo, el antiguo Barrio del Obispo sigui\u00f3 llam\u00e1ndose as\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>A primera impresi\u00f3n, uno y otro barrio estar\u00edan separados por el reguero, para la parte, la de la Iglesia, el del Obispo y para la izquierda el del Marqu\u00e9s pero seg\u00fan un apeo de 1741 (A.H.L) realizado a petici\u00f3n del Gobernador de las Monta\u00f1as de Bo\u00f1ar en los estados del Marqu\u00e9s de Astorga esto es m\u00e1s complicado. Se toma como referencia una piedra grande con una cruz en el centro del reguero y a su lado un pont\u00f3n de madera en el camino real hacia Cistierna. No cuesta mucho identificar el lugar salvo que la piedra ya no es visible y desaparecida y el pont\u00f3n es de mamposter\u00eda. Pero se nos dice que a la margen izquierda del arroyo hay una casa que habitaba Gregorio Llamazares cuyas cocinas est\u00e1n en el partido y jurisdicci\u00f3n de Bo\u00f1ar y el resto de la casa es de realengo y que por ello al citado Gregorio es vasallo del Marqu\u00e9s. Sigue el camino real por el barrio privativo del Marqu\u00e9s hasta la casa y morada de Thom\u00e1s Ib\u00e1\u00f1ez\u00a0 y a unos cincuenta pasos est\u00e1 el arca de la Peral Blanca, \u00e1rbol que por no existir est\u00e1 sustituido por un espino albar \u00bf-?. Tambi\u00e9n hay en este lugar una cruz, llamada Cruz de Val de Algar y aqu\u00ed termina la jurisdicci\u00f3n del Marqu\u00e9s y Conde de Altamira. Pero dentro esta jurisdicci\u00f3n privativa del Marqu\u00e9s hay dos casas habitadas por Antonio Mu\u00f1iz e Isabel \u00c1lvarez, un caser\u00f3n y un huerto donde tiene jurisdicci\u00f3n el Concejo de Modino. Todos los nombres de personas que citar\u00e9 en el en el art\u00edculo son perfectamente identificables en la relaci\u00f3n de nacidos en Yugueros entre 1590 y 1925 por mi confeccionada y que por la antig\u00fcedad de las fechas, no creo haya inconveniente aludir.<\/p>\n\n\n\n<p>Cualquiera que sea observador y viniendo de La Hercina \u2013pongo Ercina con H porque as\u00ed se escrib\u00eda entonces\u2013 hay unos muros altos de piedra en las huertas de Las Suertes y la Yunquera, en la confluencia del camino real antiguo que por debajo la Iglesia viene por Los Molinos con la actual carretera, desproporcionadamente altos para la funci\u00f3n de cierre de huertas. Y no dejan de verse parte de muros por el espacio y fincas entre la carretera y ferrocarril entre los dos pasos. Y es que seg\u00fan el citado apeo de bienes del marqu\u00e9s de Astorga y Conde de Altamira todo este terreno es finca de este Se\u00f1or con su jurisdicci\u00f3n privativa, la dice arrimada a las <em>marnes<\/em> (ribazos o tambi\u00e9n <em>marnas<\/em>) de los barreales de la Sierra, o sea los actuales Cortinos,\u00a0 Las Suertes, Tras la Iglesia, La Yunquera y el Charco y el Pacedero. Y se dice que aunque estas tierras est\u00e1n fuera del casco urbano son de jurisdicci\u00f3n privativa del Marqu\u00e9s por haber sido casas y antojanos y en el momento \u00a0linares y tierras de sus vasallos aunque a prevenci\u00f3n del Concejo de Modino y no habiendo litigado como juez el Gobernador de las Monta\u00f1as de Bo\u00f1ar, reserv\u00e1ndose litigar en caso de delitos en estos lugares. En conclusi\u00f3n: que en este lugar de \u00a0\u00a0La Yunquera \u00a0y entre los dos pasos de ferrocarril hab\u00eda inmemorialmente casas. Por estos lugares pasaba y pasa el Camino Viejo de peregrinos a Santiago que desde el Mercadillo sigue el Valle (Llamado de R\u00edo Seco) hasta los Molinos de Yugueros, debajo y detr\u00e1s de la Iglesia, San Roque y Alto la Encrucijada (as\u00ed llamado entonces el hoy Alto de La Encortijada, el nombre se ha corrompido con el tiempo) camino de Las Arrimadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Y en el barrio de realengo y privativo del Concejo de Modino tiene propiedades y casas\u00a0 el Marqu\u00e9s y Conde de Altamira bajo su jurisdicci\u00f3n: las que habitaban Andr\u00e9s D\u00edez y Manuel del R\u00edo y Francisco Valladares y otras fincas y huertos. Tambi\u00e9n tiene jurisdicci\u00f3n exclusiva en los dos barrios el Gobernador de la casa de Astorga que reside en Bo\u00f1ar  sobre el tabernero, mesonero, panadero, oficios, custodio de fieles de pesas y medidas independiente de donde viviesen. La jurisdicci\u00f3n de los campos y caminos es compartida con el Concejo de Modino a excepci\u00f3n del Coto Redondo, exclusiva de la Casa da Altamira y se hace puntual menci\u00f3n en ello.<\/p>\n\n\n\n<p>En este apeo de 1741 y otro posterior se delimita el Coto Redondo de San Andr\u00e9s de Yera sobre el cual Yugueros ten\u00eda derechos de foro desde tiempo inmemorial y jurisdicci\u00f3n privativa del Marqu\u00e9s de Astorga y Conde de Altamira. Hay muestras de poblaci\u00f3n en el citado coto con restos de muros y  una ermita beneficiada, nunca parroquia,\u00a0 en la Cuesta de Santa Olaja; solares con m\u00ednimo espacio sin estructura urbana y restos de eras y taludes con una fuente al lado. Es posible que all\u00ed viviesen vasallos del se\u00f1or feudal con una m\u00ednima econom\u00eda pastoril y cerealista\u00a0 que se integrasen en Yugueros pasando el pueblo a gozar del coto en r\u00e9gimen de foro con unas condiciones y renta a pagar en especie y dinero al propietario perfectamente definidas. En el a\u00f1o de 1794 este foro se convierte en perpetuo siempre que Yugueros cumpliese ciertas condiciones que describo en otro art\u00edculo sobre San Vicente de Yera. No fue siempre aceptada esta situaci\u00f3n por el Pueblo y Lugar de Cistierna que varias veces entraba con sus reba\u00f1os en terrenos que no le correspond\u00eda y hubo pleitos \u00a0con Yugueros por esta causa. No olvidemos que en las fechas en que situamos estas situaciones Cistierna era una poblaci\u00f3n aproximadamente como Yugueros (anteriormente fue menor) y a la sombra de Pe\u00f1acorada. Pero el devenir de los tiempos y los cambios en la econom\u00eda y v\u00edas de comunicaci\u00f3n navegaron a su favor. En 1741 Cistierna ten\u00eda treinta y un vecinos y treinta y tres casas declaradas.<\/p>\n\n\n\n<p>Como respuesta al Interrogatorio del Marqu\u00e9s de la Ensenada de 1752 (A.H.L.) el pueblo de Yugueros declara que es de Se\u00f1or\u00edo perteneciente al estado de Altamira a excepci\u00f3n del Barrio de Realengo, que tiene siete casas y dos huertos y todo lo dem\u00e1s es de mixta jurisdicci\u00f3n y a prevenci\u00f3n del Juez de Realengo menos el Coto Redondo de san Vicente de Yera privativo del estado de Altamira. Hay por ello dos Barios: de realengo o del Obispo anteriormente, de se\u00f1or\u00edo de la casa de Altamira y tambi\u00e9n se hace menci\u00f3n al llamado Barrio del Medio tambi\u00e9n de realengo donde habita y as\u00ed se dice expresamente,  Luis del R\u00edo. Hab\u00eda en total veintis\u00e9is vecinos y treinta y dos casas habitables y cinco inhabitables\u00a0 y otras tres arruinadas. Hay cuatro pobres de solemnidad. La jurisdicci\u00f3n estaba asociada al solar por lo que se pod\u00eda cambiar de estado cambiando de domicilio. Las personas eran hombres libres y mayormente hidalgos como se manifiesta en otro art\u00edculo sobre hidalgos en Yugueros. Los que conocimos el pueblo hace cincuenta a\u00f1os podr\u00edamos identificar con gran certeza la mayor\u00eda de estas antiguas casas que poco se modificaron en doscientos a\u00f1os, la mayor\u00eda caserones en ruinas.  Las casas, muchas de planta y piso superior, estaban dispersas, con amplios patios interiores (corrales), con corredores soleados \u00a0y viviendas,  establos, pajares y dem\u00e1s dependencias con acceso desde este corral. La jurisdicci\u00f3n la marcaba la habitaci\u00f3n cocina siempre. La comunicaci\u00f3n con el exterior se hac\u00eda a trav\u00e9s de amplias puertas de dos hojas llamados postigos que se abr\u00edan de par en par para el paso del carro. Todo muy al resguardo de miradas ajenas. El espacio entre estas verdaderas granjas agr\u00edcola-ganaderas eran en su mayor\u00eda huertos con frutales y arboledas de negrillos.<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s tarde sabemos que Yugueros se integr\u00f3 en el Concejo Mayor de Valdellorma cuando se crearon los actuales Ayuntamientos, pero una curiosidad me asalta: \u00bfNo ser\u00eda m\u00e1s l\u00f3gico y respetuoso que el actual Ayuntamiento de La Ercina se llamase de Valdellorma como hist\u00f3ricamente fue? Se\u00f1ores Alcalde y Concejales del Ayuntamiento, consid\u00e9renlo. Para que ning\u00fan pueblo tenga m\u00e1s protagonismo que el que\u00a0 le pertenece. O si quieren Valdellorma y Arrimadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-right\">A. del R\u00edo<\/p>\n\n\n\n<p><sub><em><strong>Debido al uso no adecuado del espacio dedicado a comentarios, desde febrero del 2018 es necesario estar registrado en wordpress para hacerlos posibles .<\/strong><\/em><br><em><strong>Te puedes registrar en<\/strong>:<\/em>&nbsp; <a href=\"https:\/\/wordpress.com\/start\/account\/user\/es\">https:\/\/wordpress.com\/start\/account\/user\/es<\/a><br><em><strong>Adem\u00e1s recuerdo que los comentarios ser\u00e1n aprobados previamente para hacerse visibles. 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